domingo, 18 de septiembre de 2011

Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal.

Como ya anunciábamos, el Gobierno aprobó, el viernes 16 de septiembre,  el impuesto del patrimonio y así ha sido publicado en el BOE del sábado 17 de septiembre.

Dicho impuesto que dejó de ser materialmente exigible por la Ley 4/2008, que no derogado, ha sido reestablecido como una más de las medidas para luchar contra la crisis, obteniéndo una recaudación adicional con carácter temporal ya que su vigencia está limitada a los ejercicios del 2011 y 2012. 
 
El Real Decreto-ley , en su exposición de motivos, detalla como:

"Para excluir del gravamen a los contribuyentes con un patrimonio medio se aumenta significativamente el límite para la exención de la vivienda habitual, así como el mínimo exento que se venía aplicando en el impuesto antes de 2008, sin perjuicio de las competencias normativas que sobre esta materia ostentan las Comunidades Autónomas."

Así, el Real Decreto continúa dejando en manos de las Comunidades Autónomas la materia normativa y de recaudación, configurándose para éstas como una fuente de ingresos extra.(no olvidemos que con carácter temporal). Sin embargo, como continúa comentando dicha exposición de motivos más adelante: 

"Lógicamente, la supresión futura de este impuesto o la creación de otro de naturaleza estatal, no implicará compensación adicional a las Comunidades Autónomas, puesto que ya se les compensó de manera definitiva consignándose a su favor alrededor de 2.100 millones de euros en el año base del modelo del actual sistema de financiación."


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