sábado, 1 de febrero de 2014

Información de la Inspección de Trabajo sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en Despachos de Abogados

La Inspección  Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Málaga ha remitido al Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga carta informativa en relación a la cotización de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en actividades jurídicas (Despachos profesionales de Abogados).-

Recordar la modificación introducida por la disposición adicional cuarta de la ley 42/2006 de Presupuestos generales del Estado para el año 2007 que incluía la nueva regulación de la tarifa de primas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales según el CNAE que correspondiera.-

El texto contiene primero un planteamiento actual de la situación, segundo, los argumentos para aplicar la regla general al colectivo de abogados en despachos profesionales, tercero, las reuniones mantenidas con diversos despachos profesionales y como cuarto y último lugar las modificaciones normativas en la materia.-

Adjunto a esta entrada la mencionada carta hecha pública en el día de ayer 31 de enero en el siguiente enlace:

Ampliación del plazo ingreso de la cotización de los nuevos conceptos e importes al Regímen General

En el Boletín Oficial del Estado del 31 de enero de 2014 se publica la Resolución de 23 de enero de 2014, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se autoriza la ampliación del plazo de ingreso de la cotización correspondiente a los nuevos conceptos e importes computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.

Como consecuencia de la modificación del artículo 109 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social por parte del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, correspondientes a los períodos de liquidación de diciembre de 2013 a marzo de 2014, se había formado gran revuelo entre las asesorías de España que trabajan a marchas forzadas para presentar a tiempo las liquidaciones correspondientes. (No olvidemos que la modificación entró en vigor el 22 de diciembre de 2013).-

Se ve que el Estado ha debido de valorar el impacto de la medida, que a muchos graduados ha traído de cabeza y permite que los referidos conceptos puedan ser objeto de liquidación complementaria e ingreso, sin aplicación de recargo o interés alguno, hasta el 31 de mayo de 2014.