El Ilustre Colegio de abogados de Málaga ha tenido conocimiento a través del Comisario Jefe
Provincial de Málaga de la Instrucción nº 3/12 de fecha trece de abril,
dictada por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, en la que
se comunica que, desde su recepción, en los procedimientos de solicitud
de asignación de NIE por razón de intereses económicos, profesionales o
sociales previsto en el artículo 206.3 del Real Decreto 557/2011, de 20
de abril, se aceptará la presentación de la solicitud del NIE en España, personalmente o a través de representante.
La representación se acreditará con poder suficiente en el que conste
de forma expresa que se faculta al representante para presentar la
solicitud de obtención de NIE.
Como ya expuse en este Blog elmiércoles 4 de enero de 2012 en la entrada referida al APODERAMIENTO EN MATERIA DE EXTRANJERÍA,El Colegio de Abogados de Málaga, puso en conocimiento de sus colegiados que la Secretaría de Estado de Trabajo e Inmigración, mediante escrito del 13 de diciembre de 2011, había comunicado que no veía posible interpretar el artículo 206 del Reglamento de Extranjería, por ello, el Colegio a través de la C.R.A.J. en enero pasado realizó gestiones con la Comisaría Provincial en orden a intentar que no se aplicara una interpretación literal del art. 206 del Reglamento de Extranjería, que impedía que se pudieran solicitar los NIES con una representación notarial, obligando al interesado a comparecer personalmente en la Comisaría de Policía, logrando entonces que se elevara consulta sobre la interpretación del referido artículo.
Lamentablemente, la respuesta a dicha consulta por parte de la Secretaría de Estado e Inmigración fue que no cabía interpretación alguna en el referido artículo, debiendo estarse a la literalidad de éste. No obstante ello, se ha dictado la mencionada instrucción que viene a mantener la situación existente antes de enero de 2012.
Se puede consultar la instrucción en el siguiente enlace.
Abril, 2012
Como ya expuse en este Blog elmiércoles 4 de enero de 2012 en la entrada referida al APODERAMIENTO EN MATERIA DE EXTRANJERÍA,El Colegio de Abogados de Málaga, puso en conocimiento de sus colegiados que la Secretaría de Estado de Trabajo e Inmigración, mediante escrito del 13 de diciembre de 2011, había comunicado que no veía posible interpretar el artículo 206 del Reglamento de Extranjería, por ello, el Colegio a través de la C.R.A.J. en enero pasado realizó gestiones con la Comisaría Provincial en orden a intentar que no se aplicara una interpretación literal del art. 206 del Reglamento de Extranjería, que impedía que se pudieran solicitar los NIES con una representación notarial, obligando al interesado a comparecer personalmente en la Comisaría de Policía, logrando entonces que se elevara consulta sobre la interpretación del referido artículo.
Lamentablemente, la respuesta a dicha consulta por parte de la Secretaría de Estado e Inmigración fue que no cabía interpretación alguna en el referido artículo, debiendo estarse a la literalidad de éste. No obstante ello, se ha dictado la mencionada instrucción que viene a mantener la situación existente antes de enero de 2012.
Se puede consultar la instrucción en el siguiente enlace.
Abril, 2012