La primera de las ponencias trató la compensación
de créditos en el concurso de acreedores y fue brillantemente desarrollada de
la mano de doña María Enciso Alonso-Muñumer, Catedrática acreditada en Derecho Mercantil
de la Universidad Rey Juan Carlos.
Múltiples han sido los problemas que
contempla la prohibición de compensar contenida en el artículo 58 de la Ley
Concursal, superando en la práctica la literalidad del precepto. La Sra. Enciso
realizó una pormenorizada exposición de la figura jurídica de la compensación
como medio sustitutivo de pago diferenciando dentro del concurso de acreedores dos
reglas bien distintas según hubiera sido el momento procesal en el que se acudió
a la misma: antes de la declaración del concurso o después de aquélla. Asimismo,
determinó las excepciones a la prohibición de compensar.
La tercera presentación
versaba sobre el Derecho de insolvencia desde la perspectiva europea, fue
realizada por el Catedrático de Derecho Internacional Privado de la Universidad
Autónoma de Madrid, D. Francisco Garcimartín Alférez. Don Francisco determinó
ilustremente el contenido de la Propuesta de Directiva sobre reestructuración y
segunda oportunidad en su vertiente relativa a la reestructuración cotejándola
con el Derecho vigente de nuestro país. Según el Sr. Garcimartín, aunque el
texto se modificará durante la futura negociación, el ejercicio de análisis es de
utilidad por varios motivos. Entre otros, porque por un lado, la propuesta de Directiva
da una imagen fiel de los derroteros que va a seguir el Derecho concursal
español. Por otro lado, porque en atención a las referencias que hace la
jurisprudencia española a la Recomendación de 2014 no será raro que se recurra
a este nuevo texto como referente hermenéutico en la práctica concursal de nuestros
tribunales.






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